AÑO 12268
12 DE DICIEMBRE DE 2008
ISSN 0717-795X

 

 

 

 

 

INDICADORES ECONÓMICOS DEL MES
Imacec e Indicadores Productivos:
menor dinamismo de lo esperado
Tipo de Cambio:
continúa la fuerte apreciación del dólar
Índice de Precios:
fenómeno inflacionario aún presente
Tasa de Política Monetaria:
retraso del "relajo"
Cifras Mercado Laboral:
¿menor desempleo = mercado laboral más dinámico?


Incentivo Tributario para Investigación & Desarrollo:
Innovación Necesaria

Ya se ha cumplido casi un año desde que se aprobó la Ley Nº 20.241(1) que otorga un “Incentivo Tributario a la Inversión Privada en Investigación & Desarrollo”. La Ley permite a las empresas que deseen invertir en Investigación & Desarrollo (I&D) obtener un crédito tributario de 35%, mientras que el saldo restante, es decir el 65%, puede ser rebajado por las empresas como gasto para originar la renta independiente del giro que tenga.

Sin embargo, ¿cuál es la importancia de generar este tipo de incentivos tributarios para las empresas?, y ¿cuál es la situación actual de Chile?

La I&D tiene implicancias directas sobre la innovación de un país. Por ello, este incentivo busca aumentar el nivel de crecimiento de una economía, sobre todo en una economía como la chilena que se caracteriza por la elaboración de productos primarios y por la manufactura basada en recursos naturales.

En ese sentido, la innovación permite el mejoramiento de procesos, ya sea a través de una idea ingeniosa o de avances tecnológicos. Esto a su vez incrementa la productividad, generando con ello un círculo virtuoso para nuestra economía, reflejado en un mayor crecimiento que nos termina beneficiando a todos.

En la actualidad, existe evidencia de países que han logrado tremendos avances al respecto (Tabla Nº1), por ello es central que nuestra economía se aboque a aumentar los niveles vigentes de innovación, ya que la inversión en ese campo está lejos de alcanzar niveles óptimos, alejándonos de la posibilidad de transformarnos prontamente en un país desarrollado. En suma, para revertir esta situación es necesario aumentar considerablemente la inversión en Investigación y Desarrollo (I+D), y aumentar la eficiencia actual de las empresas para aumentar la competitividad.

Tabla Nº 1: Inversión en I&D 

País

PIB

Inversión en I+D

MM US$ (2005)

% PIB

MM US$

Argentina

183.309

0,41

752

Chile

115.250

0,61

703

Grecia

213.698

0,62

1.325

Portugal

173.085

0,78

1.350

Brasil

122.345

0,98

1.199

España

1.123.691

1,11

12.473

N. Zelandia

109.041

1,16

1.265

Irlanda

196.388

1,18

2.317

Rep. Checa

122.345

1,27

1.554

China

2.228.862

1,31

29.198

Holanda

594.756

1,85

11.003

Corea

787.625

2,64

20.793

Fuente: Larraín (2006), con datos del Banco Mundial.

En el caso de Chile, la situación actual de la inversión en I&D no es la adecuada.El nivel de gasto es insuficiente y los recursos públicos que se destinan a ella no logran los resultados que el país requiere. Esto se traduce en una pérdida de importantes oportunidades de desarrollo, además como el esfuerzo innovador de las empresas chilenas es notoriamente bajo, solamente un 27% del gasto en I&D es financiado por empresas privadas, situación que dista de las cifras de países de la OCDE donde superan el 65%.

En el siguiente gráfico se observa que los países con mayor gasto en I&D como porcentaje al PIB, son economías en donde una gran parte de dicha inversión es realizada por empresas (privadas y públicas), situación que se invierte en países menos desarrollados como Chile, en donde el porcentaje del PIB invertido es menor, más aún el efectuado por las empresas, siendo el gobierno el quien debe asumir parte de estas inversiones.  

Gráfico: Distribución del Gasto en I&D

Resto: Estado, Enseñanza Superior, IPSFL y Extranjero.
Empresas: Privadas y Públicas.
Fuente: Benavente y Olivari (2005).

Por ello, la importancia tanto de los incentivos creados por la Ley Nº 20.241, como de dar a conocer a las empresas los beneficios tributarios a los cuales pueden acceder para producir de forma eficiente con los recursos que están a su alcance.

De acuerdo a lo establecido en el cuerpo legal citado, las empresas que se quieran adherir a este beneficio deben contratar los servicios de I&D con centros de investigación certificados e inscritos en los registros de CORFO. Así, se puede recibir el crédito contra el impuesto de primera categoría de las empresas que declaren renta efectiva según contabilidad completa.

Antes de que entrara en vigencia esta Ley, estos gastos eran rechazados, por lo que no se podían contabilizar como gastos, mientras que ahora es posible descontar contra la base tributable de primera categoría, situación que permite acceder a un beneficio que sobrepasa en definitiva al 35%.

Sin embargo, la Ley establece un tope que no puede sobrepasar del 15% de los ingresos brutos anuales de la empresa, situación que tampoco puede exceder de 5.000 UTM(2).

Para acceder al crédito, lo primero que debe cumplir una empresa es ser contribuyente al impuesto de primera categoría, además de declarar la renta efectiva según contabilidad completa. Cumpliendo estos requisitos básicos, el contribuyente se encuentra en condiciones de acceder al registro de centros de investigación gestionado por CORFO, para buscar el que más se adecue a las necesidades de la empresa, y de esta manera se puede establecer un contrato por los servicios del centro para llevar adelante la I&D.

Luego de este proceso, y de presentar la documentación a CORFO de modo de certificar que realmente se está realizando un gasto en I&D, la empresa se encuentra en condiciones de descontar a través de la declaración de primera categoría los gastos efectuados en I&D, y hacer uso efectivo de la Ley.

Al respecto, es importante ver cual ha sido el avance, sobre todo pensando que el próximo 19 de enero la Ley cumplirá un año desde su publicación en el Diario Oficial, y más de 8 meses desde su entrada en vigencia.

En ese sentido, es necesario observar la cantidad de centros de investigación que se han registrado a través de CORFO, los cuales sólo llegan a 11 y se ubican principalmente en la Región Metropolitana y de Los Lagos (Tabla Nº2).

Tabla Nº 2: Centros de Investigación Acreditados

Código

Nombre

Región

Comuna

1

SR-001

Sociedad ADL Diagnostic Chile Ltda.

Los Lagos

Pto. Montt

2

SR-007

Inst. de Investigaciones Agropecuarias

Metropolitana

Providencia

3

SR-003

Fundación Chile

Metropolitana

Vitacura

4

SR-018

Corporación de Desarrollo Tecnológico

Metropolitana

Providencia

5

SR-008

DICTUC

Metropolitana

Macul

6

SR-009

Fundación para el Desarrollo Frutícola

Metropolitana

Providencia

7

SR-002

Inst. de Ciencia y Tecnología - Univ. Arturo Prat

Los Lagos

Pto. Montt

8

SR-010

Depart. de Ciencias de la Ingeniería Andrés Bello

Metropolitana

Santiago

9

SR-011

Centro de Estudios Científicos

Los Ríos

Valdivia

10

SR-004

Centro Invest. y Desarrollo de Recursos y Ambientes Costeros I-MAR

Los Lagos

Pto. Montt

11

SR-005

Depart. de Acuicultura y recursos Acuáticos de la Universidad de los Lagos

Los Lagos

Osorno

Fuente: CORFO

Es decir, para que una empresa acceda al beneficio tributario establecido en la Ley Nº 20.241, sólo puede elegir entre estos 11 centros de investigación , los únicos acreditados a la fecha. Esta situación puede llevar a un problema importante, pues la reducida cantidad de centros, y el bajo número de actividades a las cuales se pueden acoger las empresas no permiten un nivel adecuado de acceso al beneficio tributario, y por ello a la I&D.

Con todo, sería necesario llevar adelante una campaña para informar a las empresas y así tengan mayor conocimiento sobre los beneficios establecidos en la Ley, situación que provocaría una mayor demanda por estos centros para invertir en I&D, y con ello acrecentar la oferta de los centros de investigación hacia las empresas, aumentando la baja competencia existente actualmente, además de mejorar la calidad de los mismos.

En suma, los incentivos ya están puestos, ahora es el turno de que el mercado actúe, y de esta forma se vaya incrementando año a año el nivel actual del gasto en I&D, que actualmente sólo llega aproximadamente a 0,7% del PIB anual. De esta forma, avanzaremos en un crecimiento basado en el conocimiento y en el uso eficiente de nuestros recursos.

(1) Ley publicada en el Diario Oficial el 19 de enero de 2008.
(2) Monto de $188.260.000 a UTM de diciembre de $37.652.

Alejandra Candia D. y Luis Felipe Labbé M.