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25 DE ENERO DE 2010

atacaratalayara

 

El indulto presidencial:
una institución que merece respeto ver más

Evidentemente, un tema que marcó la agenda durante el año 2009 fue la facultad presidencial de otorgar indultos particulares. Primero, por el conocimiento del beneficio otorgado por Eduardo Frei a Ángel Vargas Parga -narcotraficante que ingresó al país 500 toneladas de cocaína- y luego, por la noticia de que los ministros de Justicia de la Presidenta Bachelet han dictado indultos sin el conocimiento de esta última, pese a que la Constitución señala que es una facultad presidencial.

En virtud de lo anterior, el Instituto Libertad ha confeccionado un Informe Especial, en el que se explica el sistema de concesión de indultos particulares en Chile, además de señalar las falencias y proponer algunas mejoras al sistema, que permitan profesionalizar la institución del indulto y hacerla más técnica y transparente.

En esta materia, la gran crítica que se le hace a la Concertación es que ha utilizado este beneficio de manera desmedida, muchas veces sin criterios claros, y dejando entrever alguna presión política. Además, el gráfico Nº 1 demuestra que no ha sido una atribución reservada para casos excepcionales, como se esperaría:

Gráfico Nº 1: Total de indultos otorgados en los gobiernos de Frei, Lagos y Bachelet (1)- (2)


Fuente: La Tercera , 14 de junio de 2009

El detalle de estas cifras permite entender de mejor manera cómo han utilizado este beneficio consagrado en la Constitución: un 36% de los indultos conferidos durante los últimos tres gobiernos de la Concertación han beneficiado a narcotraficantes. Este número crece cuando analizamos el gobierno de Lagos: pues un 64% de los indultos concedidos en su sexenio tuvo relación con el tráfico de estupefacientes, lo que apoya la tesis de que durante los últimos gobiernos de la Concertación, los narcotraficantes han sido ampliamente beneficiados por la institución del indulto.

Además, destacan los 21 delitos relacionados homicidios (se incluyen aquí los homicidios en general, los parricidios y los robos con homicidio) indultados por Eduardo Frei, o las violaciones en el total del período que, si bien sólo alcanzan los tres casos, llaman la atención, debido a la gravedad y crudeza de estos delitos.

Otro análisis que se debe realizar dice relación con las causas por las que se indulta. Aunque, sobre este ítem sólo conocemos datos del gobierno de Bachelet, podemos ver los indultos relacionados con causas humanitarias representan menos de la mitad del total otorgado en esta administración, a pesar de ser el fundamento más defendido. Al contrario, la mayoría de los indultos en los últimos años se ha debido a causas laborales o económicas.

Sin embargo, se debe considerar que -tal como se explica en el informe- , estas razones no deberían ser una causal de indulto ya que debería existir la posibilidad de que el condenado se rehabilite laboralmente mientras cumple su pena, pudiendo trabajar remuneradamente para seguir sustentando a su familia. El indulto no debe llenar el vacío que hoy tiene la política carcelaria y es deber de las autoridades contar con programas efectivos que permitan a quienes tienen buena conducta y cumplen con ciertos requisitos desarrollarse económicamente.

A raíz de todo lo anterior, se proponen algunas medidas relativas a mejorar la institucionalidad relativa y revisar, derechamente, si se justifica la existencia de una facultad que está por sobre el poder judicial y que debe tener siempre una dimensión jurídica y no política.

La primera posibilidad, lógicamente, consiste en derogar esta facultad, para impedir que se caiga en abusos o en arbitrariedades, aunque esto impide que el Presidente pueda conmutar penas por razones humanitarias. Entonces surge la alternativa de mantener la atribución, pero que sea efectivamente presidencial: no es posible que un ministro de Justicia -a través de una rebuscada interpretación de la norma- esté utilizando una facultad que la Constitución le ha reservado al Presidente.

Una tercera posibilidad consiste en no hacer uso de la facultad y cerrar la Sección de Indultos de la División Judicial del Ministerio de Justicia durante el periodo presidencial. Y la cuarta propuesta consiste en mejorar la institución del indulto, a través de modificaciones legales o reglamentarias, dentro de las cuales, se formulan las siguientes: instituir la consulta a otros órganos, como la Corte Suprema; reglamentar los fundamentos por los que se indulta; limitar los delitos por los cuales se puede indultar, reservando esta atribución sólo para delitos menores; o crear un sistema más transparente, a través de la publicación de una cuenta anual con la estadística de los indultos otorgados. Estas y otras ideas se encuentras explicadas en el Informe Especial que acompaña a esta Opinión Pública.

Como conclusión, se puede decir que el debate presidencial nos ha abierto una interesante oportunidad, al agendar el indulto presidencial dentro de los intereses de la opinión pública. El siguiente desafío consiste en llevar dicho debate al campo de los técnicos, para evitar que se politice. El indulto consagrado en la Constitución es una herramienta muy útil para la paz social, pero debe ser utilizado con el respeto y la prudencia que se merece.

(1) En el caso de Bachelet, la información está actualizada a junio de 2009.
(2) No se tienen cifras oficiales sobre los indultos otorgados por Patricio Aylwin, aunque algunos blogs en Internet hablan de 257 casos.

Roberto Munita M.