La crisis de Honduras
El manejo de la crisis de Honduras por parte de la Organización de Estados Americanos (OEA) y su Secretario General, José Miguel Insulza, nos indica su sesgada y parcial aplicación que han hecho de los instrumentos interamericanos, en particular, de la Carta Democrática Interamericana de 2001.
En efecto, el artículo 3 del referido instrumento establece que constituyen elementos esenciales de la democracia representativa: el acceso al poder y su ejercicio con sujeción al estado de derecho; la celebración de elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto como expresión de la soberanía del pueblo; el régimen plural de partidos y organizaciones políticas; y la separación e independencia de los poderes públicos.
Asimismo, la Carta Democrática Interamericana establece un mecanismo de defensa de la democracia en América que debe operar fundamentalmente en dos tipos de situaciones que pueden afectar a un Estado Miembro:1) la alteración del orden constitucional que afecte gravemente el orden democrático, y 2) la ruptura del orden democrático.
En la primera situación “cualquier Estado Miembro o el Secretario General podrá solicitar la convocatoria inmediata del Consejo Permanente para realizar una apreciación colectiva de la situación y adoptar las decisiones que estime convenientes”, pudiendo el Consejo Permanente, según la situación, disponer “la realización de las gestiones diplomáticas necesarias, incluidos los buenos oficios, para promover la normalización de la institucionalidad democrática” (art. 20).
En la segunda situación, la Asamblea General de la OEA , luego de determinar que las gestiones diplomáticas han sido infructuosas, “conforme a la Carta de la OEA tomará la decisión de suspender a dicho Estado Miembro del ejercicio de su derecho de participación en la OEA ” (art. 21).
En efecto, la intervención ha sido sesgada si consideramos que a Honduras se le ha suspendido del ejercicio de su derecho de participación en la OEA y, por otra parte, en la última Asamblea General de la OEA celebrada en junio de este año, precisamente en San Pedro de Sula. Honduras, se dejó sin efecto la medida adoptada en 1962 que había excluido al Gobierno de Cuba del Sistema Interamericano, a pesar que el gobierno de Cuba sigue constituyendo una dictadura militar que no ha permitido elecciones por más de cinco décadas, sigue siendo un gobierno de partido único, la disidencia es perseguida y encarcelada y no existen garantías mínimas de una democracia. Es verdad, que conjuntamente con la referida decisión se señaló que “la participación de Cuba en la OEA será el resultado de un proceso de diálogo iniciado a solicitud del Gobierno de Cuba y de conformidad con las prácticas, los propósitos y principios de la OEA ”, sin embargo, nadie puede desconocer el efecto político y la victoria diplomática que ello implica para el conjunto de países que constituyen la Alternativa Bolivariana para las Américas (ALBA), liderada por el presidente venezolano, Hugo Chávez y compuesto, hoy en día, por siete países (Venezuela, Cuba, Nicaragua, Honduras, Ecuador, San Vicente y las Granadinas; Antigua y Barbuda) más Paraguay como observador. Tampoco nadie puede desconocer que dicha decisión fue adoptada por la OEA bajo el chantaje del ALBA de retirarse de la referida organización y la evidente pérdida de influencia de los Estados Unidos en la región.
Por otra parte, la OEA y su Secretario General efectuó asimismo una interpretación y aplicación parcial de la Carta Democrática Interamericana si consideramos que sólo activó el mecanismo contemplado en dicho instrumento en caso de ruptura del orden democrático, pero omitió aplicar el mecanismo establecido en caso de alteración del orden constitucional que afecte gravemente al orden democrático de un Estado.
Como lo ha señalado el prestigiado Cardenal hondureño, Oscar Rodríguez Maradiaga, durante el gobierno del depuesto Presidente Zelaya “se estaba fraguando una dictadura”, añadiendo que “en los días antes de la destitución hubo una constante violación de leyes por parte del Poder Ejecutivo”.
¿O es que para la OEA y su Secretario General, el intento como en el caso del Presidente de Honduras, de realizar un acto electoral en contravención con la Constitución del Estado, prohibido por el Tribunal Electoral y rechazado por la Corte Suprema y del Parlamento, no constituye una alteración del orden constitucional que afecta gravemente el orden democrático de dicho país? ¿Cuáles son los criterios que deben cumplirse para determinar la referida situación? ¿El recurso al mecanismo citado no habría prevenido el lamentable quiebre institucional producido?
Lo expuesto, nos conduce a un análisis muy crítico del rol que la OEA y su Secretario General Insulza en su manejo de la crisis de Honduras, como asimismo en la necesidad que ella se ajuste a una interpretación y aplicación de la Carta Democrática Interamericana, en conformidad con los principios y normas que informan su texto y espíritu, en orden de fortalecer y defender la democracia en América.
De lo contrario, se estimulará un paulatino alejamiento y deterioro de la democracia en algunos países de la región, en particular, integrantes de la denominada Alternativa Bolivariana para las Américas (ALBA), regidos por gobiernos populistas que han utilizado la democracia para alcanzar el poder, y luego se han embarcado en un proceso de desmantelamiento de la institucionalidad democrática y violaciones de los derechos humanos. Tales gobiernos responden a un modelo de América Latina que en lo económico avanza de la mano del intervencionismo estatal y en lo político, con autoritarismos larvados bajo apariencias democráticas, en contraposición al modelo de democracia como la que impulsamos basadas en un compromiso firme con la economía libre, democracia de instituciones sólidas, vigencia del Estado de Derecho y de las libertades y derechos fundamentales.
Fracasada la gestión del Secretario General de la OEA por su unilateralidad, ha surgido, al parecer impulsada principalmente por Estados Unidos y al cual se debe apoyar, la mediación del Presidente de Costa Rica, Oscar Arias, la cual aparece inserta en un diálogo entre las partes hondureñas en conflicto, dentro de un marco de negociación dado en un contexto en que aparecen involucradas todos los elementos constitutivas de la crisis, no sólo referidas a la ruptura que implicó para el orden constitucional de Honduras la destitución del Presidente Zelaya, sino también la crisis constitucional que provocó éste ultimo con sus acciones inconstitucionales. Sugestivo es lo dicho por el Presidente Arias, que sin decir nombres, señaló “dejen a los centroamericanos resolver los problemas de los centroamericanos”.
Finalmente, el manejo del Secretario General Insulza nos abre serias dudas respecto de la conveniencia de respaldar su reelección en dicho cargo, si consideramos que al equivocado manejo de la crisis hondureña, en desmedro de la democracia en la región y del prestigio de Chile, debe sumarse su continuada intervención en la política chilena, hecho que está en contravención con su carácter de alto funcionario de una organización internacional, que además contó con el respaldo de todos los sectores políticos chilenos en un marco de política de Estado con que se enfrentó su candidatura.