Hoy se vota en el Senado el proyecto de ley que refuerza la
Institucionalidad de Seguridad Ciudadana ver más
A Casi dos años de su ingreso a tramitación legislativa el proyecto que crea el “Ministerio de Seguridad” y que constituyó una de las medidas de los 100 primeros días de la Presidenta Bachelet , podría pasar hoy a segundo trámite constitucional.
A consecuencia de una indicación del Poder Ejecutivo el proyecto de ley ya no propone la creación de un Ministerio de Seguridad independiente del Ministerio del Interior sino que transforma a este último en el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y crea un Subsecretaría de Prevención y Rehabilitación.
No obstante este cambio que ha sido criticado por muchos expertos en seguridad, fundamentalmente por la fusión del carácter político y técnico que implica esta nueva institucionalidad, gracias al trabajo riguroso de los senadores de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento el último contenido propuesto involucra nuevas tendencias dignas de analizar.
Bajo la normativa vigente el órgano público encargado y responsable de la seguridad pública es el Ministerio del Interior. Debe proponer y evaluar las políticas, planes y programas, coordinar las tareas públicas que desarrollan otros ministerios y optimizar el uso de recursos materiales y humanos de los mismos. Para ello debe supervisar y evaluar las acciones que realizan los servicios, instituciones y unidades dependientes de los ministerios.
Hasta el momento, estas obligaciones se han cumplido sólo parcialmente, puesto que si bien es cierto que el Ministerio del Interior informa periódicamente –a través de las cuentas públicas de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública- del estado de los programas de seguridad ejecutados por otros ministerios y servicios públicos, no realiza una evaluación propiamente tal de ellos y no cuenta con información primordial, como el presupuesto asociado a cada plan.
Por ejemplo, en materia de cárceles y rehabilitación los órganos que intervienen son el Ministerio de Justicia y Gendarmería, pero el organismo responsable de la seguridad ciudadana es el Ministerio del Interior y como tal es el encargado de diseñar y evaluar las políticas públicas que evitan la reincidencia.
¿Qué se debe hacer si por ejemplo la política carcelaria no funciona? ¿Quién responde?
Seguramente el lector dirá que esta pregunta se puede responder fácilmente, o al menos que es posible inferir una cierta responsabilidad y conducta deseable del Ministerio del Interior. En este caso el Subsecretario del Interior en representación del Ministerio del Interior, debiera dirigirse al Ministerio de Justicia para hablar con el Ministro de dicha cartera y el Director de Gendarmería a fin de incitarlo a mejorarla.
Lamentablemente, ello no es posible en la práctica, puesto que si el Subsecretario del Interior obliga al Ministro de Justicia a mejorar dicha política, este último le dirá que no es posible que acceda a su petición porque los recursos públicos para desarrollarla provienen de la partida presupuestaria de su Ministerio.
El tema no es simple, pero el establecimiento de leyes que regulen expresamente qué institución es la responsable de un tema de política pública concreto, y el otorgamiento de facultades que le permitan a ésta hacer seguimiento, evaluar y medir el cumplimiento de objetivos de cada política ejecutada por otros entes, pueden ser el primer paso a la eficiencia y al desarrollo de nuestras instituciones, según se explica en el Informe Especial Nº 207.